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martes, agosto 25, 2026
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Entra en vigor nuevo esquema del IMSS para repartidores y conductores en plataformas

A partir de este 1 de julio entró en vigor en México un programa piloto que obliga a plataformas digitales como Uber, Didi, Rappi, InDrive y Cabify a registrar a sus conductores y repartidores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). El objetivo es incluirlos en el régimen de seguridad social y otorgarles prestaciones laborales como aguinaldo, seguro médico, vacaciones, prima vacacional, y acceso a créditos de vivienda.

Este nuevo esquema, impulsado por el Gobierno federal, contempla un periodo de transición de seis meses, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2025. Durante este tiempo, las empresas deberán ajustar sus sistemas, formalizar contratos validados por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y afiliar a los trabajadores que cumplan con los criterios establecidos.

Clasificación de los trabajadores

La reforma a la Ley Federal del Trabajo, aprobada a finales de 2024, establece dos categorías principales de trabajadores en plataformas:

  • Formales: Quienes perciban más de 8,360 pesos mensuales deberán registrarse como trabajadores con derecho a todas las prestaciones del régimen ordinario del IMSS, Infonavit y pensión.
  • Independientes: Aquellos con ingresos inferiores serán considerados trabajadores por cuenta propia, con acceso únicamente a un seguro por riesgos de trabajo.

En Puebla, al cierre de junio, se tiene un registro de al menos 10,419 personas activas en este tipo de plataformas, quienes deberán adaptarse al nuevo marco legal y administrativo.

Obligaciones para las plataformas

Las empresas deberán:

  • Inscribirse como patrones ante el IMSS e Infonavit.
  • Cubrir cuotas obrero-patronales con base en los ingresos netos reales.
  • Registrar y hacer públicas sus políticas algorítmicas.
  • Garantizar atención humana en casos de conflictos digitales.
  • Notificar mensualmente altas, bajas y modificaciones de datos de los trabajadores.

Durante el primer mes, cada plataforma deberá clasificar a sus colaboradores de acuerdo con sus ingresos y reportarlo al IMSS. A partir de entonces, las cuotas deberán cubrirse antes del día 17 de cada mes.

Cálculo de ingresos y deducciones

Para determinar las cuotas, los ingresos netos se calcularán deduciendo un porcentaje del ingreso bruto mensual, dependiendo del tipo de vehículo:

  • 60% para autos
  • 50% para motocicletas
  • 15% para bicicletas o sin vehículo

Estos porcentajes se aplicarán hasta septiembre; a partir de octubre, se reducirán a 36%, 30% y 12%, respectivamente.

Protección ante accidentes

Los trabajadores independientes podrán optar por incorporarse voluntariamente al régimen obligatorio. En caso de accidente laboral, la plataforma será responsable de cubrir los gastos médicos y las cuotas correspondientes durante la incapacidad.

Quienes no estén registrados y reciban atención médica del IMSS deberán cubrir los costos como no derechohabientes, a menos que se afilien retroactivamente con las aportaciones adecuadas.

Los pensionados que colaboren en plataformas mantendrán su pensión, aunque estén registrados por las empresas ante el IMSS.

Inquietudes entre los trabajadores

Aunque el gobierno asegura que esta reforma mejorará las condiciones laborales, muchos trabajadores temen perder la flexibilidad que caracteriza a este tipo de empleo. También existe incertidumbre por los posibles impactos económicos, sobre todo si sus ingresos son tratados como nómina y, por tanto, sujetos a mayores impuestos.

Algunos repartidores han expresado su preocupación por la falta de claridad en la aplicación de estas medidas. A pesar de que las autoridades aseguran que el régimen fiscal no cambiará, persisten dudas sobre cómo afectará la reforma su ingreso real y estilo de vida.

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