En la Ciudad de México, desde 2024, los dueños de perros y gatos deben realizar un trámite obligatorio: el Registro Único de Animales de Compañía (RUAC), una herramienta implementada por la Ley de Protección y Bienestar Animal para tener mayor control y protección sobre los animales domésticos.
Sin embargo, en redes sociales y chats vecinales ha circulado información sobre supuestas multas inmediatas para quienes no inscriban a sus mascotas, lo cual ha generado confusión entre los capitalinos.
¿De verdad hay multa si no registras a tu mascota?
De acuerdo con Ana Villagrán, titular de la Agencia de Atención Animal (AGATAN), es falso que existan sanciones automáticas por no contar con el RUAC. La funcionaria aclaró que nadie puede exigirte este documento en la vía pública ni en tu domicilio, y si alguien 9intenta hacerlo, puede denunciarse como intento de extorsión ante un juzgado cívico.
El único caso en que podría requerirse este registro es durante un proceso legal ante el Ministerio Público o alguna autoridad, por ejemplo, si se presenta una denuncia relacionada con la mascota.
¿Entonces, de dónde salió lo de las multas?
La confusión se originó porque la Ley sí contempla sanciones económicas de entre 2,375 y 3,394 pesos por incumplir otras obligaciones en torno al bienestar animal, pero no específicamente por no contar con el RUAC. Además, las autoridades subrayaron que este registro no fue creado para recaudar impuestos ni imponer pagos ocultos.
¿Hay fecha límite para registrarlos?
Por el momento no existe una fecha límite oficial para realizar el registro. La recomendación de la Agencia es realizar el trámite en cuanto sea posible para evitar complicaciones futuras. El registro se hace en línea y solo está disponible para perros y gatos.
Para más información o aclaraciones, los interesados pueden escribir al correo:
ruac.agatan@mail.com








