Desde el 17 de junio de 2025 entró en vigor en México la conocida “Ley Silla”, una reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que obliga a los empleadores del sector privado a proporcionar sillas con respaldo a sus empleados, siempre que la naturaleza de sus funciones lo permita.
Esta iniciativa fue promovida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) con el objetivo de mejorar el bienestar físico y emocional de millones de personas trabajadoras que permanecen de pie durante extensas jornadas laborales. La medida se enfoca especialmente en sectores como el comercio, servicios y actividades similares, donde abundan este tipo de condiciones.
¿Qué establece la Ley Silla?
La reforma garantiza el derecho a realizar pausas laborales sentado, siempre que ello no comprometa la seguridad o la operatividad del trabajo. A partir de su entrada en vigor, las empresas cuentan con un plazo de 180 días —que concluye el 14 de diciembre de 2025— para adaptar su reglamento interno y establecer las condiciones para el uso de sillas y los tiempos de descanso correspondientes.
Por su parte, la STPS tiene un periodo de 30 días naturales desde la entrada en vigor de la reforma para emitir una norma técnica que detalle los riesgos laborales derivados de estar de pie durante largos periodos.
¿Hay excepciones a esta ley?
Sí. La Ley Silla no aplica en casos donde el uso de sillas represente un riesgo o impida el desempeño adecuado de las funciones. Estas excepciones deberán ser justificadas con base en criterios técnicos y serán incluidas en una guía oficial que la STPS deberá publicar antes del 17 de julio. Ejemplos de funciones exceptuadas pueden incluir:
- Manejo de maquinaria que requiere desplazamiento constante.
- Líneas de producción donde una silla pueda provocar accidentes.
- Espacios reducidos que limiten la movilidad o pongan en peligro la seguridad.
¿Qué pasa si una empresa no cumple?
Las empresas que incumplan con esta nueva obligación podrán recibir multas que oscilan entre los $28,000 y los $283,000 pesos, dependiendo de la gravedad y reincidencia. Las sanciones corresponden a entre 250 y 2,500 Unidades de Medida y Actualización (UMA). En casos reiterados, incluso podría ordenarse la suspensión temporal de actividades.
¿Qué hacer si no te permiten sentarte?
Si tu empleo permite realizar pausas sentado pero tu empleador lo impide, puedes:
- Solicitar una revisión formal de tus condiciones laborales.
- Acudir a tu sindicato para que intervenga.
- Presentar una denuncia ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), ya sea llamando al 800 717 2942 o a través del sitio web www.gob.mx/profedet.
Es importante aclarar que el derecho a una silla no significa estar sentado toda la jornada, sino contar con la posibilidad de hacerlo cuando el trabajo lo permita, sin represalias ni sanciones.








